El Tribunal Supremo suspende el recurso de UNICAJA sobre la cláusula suelo

El TS deja de limitar a tres años la devolución de cláusulas suelo a la espera de lo que diga la UE

falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato El Tribunal Supremo ha suspendido la tramitación de un recurso sobre las cláusulas suelo a la espera de lo que resuelva el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El motivo fundamental es que, probablemente, el tribunal de Luxemburgo contradiga el criterio del español sobre si la nulidad de las cláusulas se puede limitar temporalmente. Hasta ahora, la Sala Civil del Supremo sólo las consideraba nulas las cláusulas suelo a partir de su sentencia de mayo de 2013, es decir, desde hace dos años y 11 meses, lo que impedía exigir el dinero que los bancos habían cobrado de más antes de esa fecha.

¿Qué dice la sentencia del Tribunal Supremo?

Declaramos la nulidad de las cláusulas suelo contenidas en las condiciones generales de los contratos suscritos con consumidores descritas en los apartados 2, 3 y 4 del antecedente de hecho primero de esta sentencia por:

El techo de mi casa mide 2,5 metros y el suelo 0, (si cero).

¿Quiere decir que me han liado y contado un rollo para engañarme? Pero si es el banco de toda mi vida, ¿cómo me va a engañar? Pues si amigo, entre col y col ya sabes.

¿Esto qué es? Pues que esto es lo que hay, lo tomas o lo dejas, no te digo otras fórmulas que yo sé, no sea que te diga tantas verdades que te vayas a la competencia y no estamos para ello que los jefes me dices que tengo que hacer hipotecas, ¡ya sabes!

¿Esto qué es? Pues más de lo mismo, que esto es lo que hay y punto. ¡Bueno Sr Director que yo me fío de usted! 

El recurso suspendido fue interpuesto por Unicaja contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén que condenó a la entidad a devolver lo indebidamente cobrado sin tener como tope la fecha de mayo de 2013. Es decir, que la Audiencia ignoró el límite temporal del Supremo.

Braulio Medel, presidente de Unicaja, defendía el 17-06-2015 las cláusulas suelo. Consulta la noticia completa publicada en Expansión en junio de 2015.

Las cláusulas suelo no son malas por sí mismas, “no se han hecho para engañar a nadie” así lo defendía el Presidente de Unicaja Banco. También recalcaba la siguiente afirmación “El Tribunal Supremo nos avala, no dice que hayan sido abusivas estas cláusulas, sino que cuando haya habido falta de información, transparencia, entonces ha sido de aplicación incorrecta”. Normal, si no se explica todas las consecuencias que implica una cláusula así como los escenarios futuros y las alternativas que tiene un cliente, al final engaño por omisión.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene fijada para el próximo día 26 la vista de una cuestión prejudicial clave para el futuro de las cláusulas suelo, para conocer si se ajusta a la normativa comunitaria moderar esos efectos retroactivos de la nulidad de una cláusula suelo. Si concluye que no es posible y que los efectos de la nulidad deben surtir efecto desde el principio, los usuarios podrían reclamar a los bancos todo lo cobrado de más por la cláusula suelo desde el inicio de la hipoteca. El sentido común nos indica que si algo es nulo, es nulo desde el inicio y no desde una fecha determinada.

Los dos clientes de Unicaja a los que dio la razón la Audiencia de Jaén pidieron al Supremo que suspendiese el recurso de la entidad bancaria (cuya deliberación estaba fijada para el próximo 4 de mayo) hasta que se pronuncie sobre la retroactividad el Tribunal de Justicia de la UE. Tanto el banco como la Fiscalía se opusieron a dicha petición. Conforme a su criterio actual, sin ninguna duda el Supremo habría revocado la sentencia y ordenado que sólo se les devolviera lo pagado desde mayo de 2013.

Sin embargo, la Sala presidida por el magistrado Francisco Marín Castán accede a la suspensión porque lo reclamado por Unicaja está directamente relacionado con el asunto tratado por el Tribunal de la UE. “En el recurso se solicita la aplicación de la doctrina de esta Sala sobre efectos de la declaración de nulidad de la cláusula suelo, interpretación que está siendo cuestionada a la luz de la normativa comunitaria ante el TJUE”.

En nuestra opinión si no has reclamado ya, no esperes más, puesto que todas las sentencias que están saliendo son recurribles y el problema de las demandas colectivas es que se puede tirar años hasta que salga.

 

¿Ayuda con tu cláusula?

Encuentra un abogado de confianza, con experiencia y cerca de ti, gratis y sin ningún compromiso. Elige entre una red extensa de abogados de todas las especialidades y por toda España. Te proporcionamos varios abogados especialistas para que elijas el que más se ajuste a tu necesidad.

    He leído y acepto las Condiciones de Uso y Privacidad, incluida la cesión de mis datos a los colaboradores del servicio

    ¿Te gustó la información? Compártela!

    Relacionados

  • Sentencias Cláusula Suelo
  • Modelos de Carta Reclamación para Cláusula Suelo
  • TEST Cláusula Suelo
  • Qué hacer si tengo clausula suelo ¿Y ahora qué hacer si tienes cláusula suelo?
  • Declaradas nulas las cláusulas suelo de Caja España
  • Impacto de la retroactividad de las cláusulas suelo en los bancos
  • El Tribunal Supremo suspende el recurso de UNICAJA sobre la cláusula suelo
  • Ausbanc y las cláusulas suelo
  • Banco Popular no devolverá lo cobrado de más por la cláusula suelo
  • Comenta este artículo

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    ¿Ayuda con tu cláusula?

    Encuentra un abogado de confianza, con experiencia y cerca de ti, gratis y sin ningún compromiso. Elige entre una red extensa de abogados de todas las especialidades y por toda España. Te proporcionamos varios abogados especialistas para que elijas el que más se ajuste a tu necesidad.

      He leído y acepto las Condiciones de Uso y Privacidad, incluida la cesión de mis datos a los colaboradores del servicio